Consejos
- Velatorio Funeraria La Soledad
Profesionalidad y cercanía.
¿Qué hacer en caso de necesitar una funeraria?
- En el caso de que no se produzca el fallecimiento pero que nos encontremos ante una fase terminal de un familiar o amigo, decidir con antelación qué funeraria va a encargarse de realizar el servicio, informarse sobre los presupuestos y valorar las instalaciones y el trato humano
- Tener en cuenta que a las 24 horas del fallecimiento, el cadáver tendrá que inhumarse o incinerarse. En el caso de que sea inhumado, estar previsto de nicho o sepultura en el cementerio correspondiente.
- Decidir quién o quiénes van a contactar con la empresa funeraria, teniendo en cuenta que deberían ser aquellos que se encuentren en las mejores condiciones de ánimo para que los deseos y necesidades sean bien atendidas.
- Una vez producido el fallecimiento es imprescindible el DNI (original o fotocopia) del finado.
- Valorar entre la familia qué tipo de ceremonia o acto se va a llevar a cabo.




Muerte Judicial
¿Qué es una muerte judicial?
Cuando un médico no puede certificar la causa de la defunción, entonces deja de ser considerada lo que llamamos muerte natural para pasar a ser una muerte judicial.
En este caso interviene directamente el juzgado, que se encarga de avisar al departamento forense para que se haga cargo del cuerpo y de las instrucciones para el traslado al Instituto Anatómico Forense de la provincia, donde se le practicará la autopsia y se certificará la causa de la defunción, hasta aquí este proceso no tiene ningún coste para la familia.
Desde principios del 2012, la administración de justicia concertó las recogidas judiciales, que solo podrá realizar una empresa de la provincia, pero una vez efectuada la recogida y traslado del cuerpo el Instituto Anatómico Forense, la familia es quien decide sin ningún compromiso o coacción la funeraria que hará el servicio posterior.


Preguntas frecuentes
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Sabemos que tras la pérdida de un ser querido surgen dudas y decisiones difíciles de tomar en poco tiempo. En Funeraria La Soledad, nuestro compromiso es brindarle la información necesaria con total transparencia y honestidad. A continuación, resolvemos las consultas más frecuentes para ayudarle a transitar este proceso con la mayor tranquilidad posible.
1. ¿Qué es lo primero que debo hacer tras el fallecimiento de un familiar?
Lo más importante es mantener la calma y contactarnos de inmediato. Nosotros nos encargaremos de recoger el certificado médico de defunción y de coordinar el traslado al velatorio, guiándole paso a paso en las gestiones legales iniciales.
2. ¿Es posible elegir nuestra funeraria aunque tengamos un seguro de decesos?
Sí. Como familiares, tienen el derecho de elegir libremente la empresa funeraria que deseen. Nosotros nos coordinamos directamente con su compañía aseguradora para que usted no tenga que preocuparse por los trámites administrativos ni el coste cubierto por su póliza.
3. ¿Qué documentos necesito para iniciar los trámites?
Generalmente, solo necesitaremos el DNI de la persona fallecida y el DNI del familiar solicitante. Del resto de documentos, como la inscripción en el Registro Civil o la licencia de sepelio, nos ocupamos nosotros.
4. ¿Cuál es la diferencia entre un sepelio y una incineración?
El sepelio (o inhumación) consiste en el entierro del féretro en un nicho o sepultura. La incineración (o cremación) es el proceso de reducción a cenizas. Ambas opciones se realizan con el máximo respeto y permiten realizar ceremonias de despedida personalizadas.
5. ¿Puedo personalizar la ceremonia de despedida?
Absolutamente. Creemos que cada vida merece un homenaje único. Podemos adaptar el servicio a sus creencias religiosas, gustos musicales, lecturas especiales o cualquier detalle que ayude a honrar la memoria de su ser querido.
